El Tribunal Supremo ha suspendido temporalmente las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes de quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la ley de nietos.
La ley de nietos permite obtener la nacionalidad por exilio a personas que abandonaron España entre 1936 y 1955, sin necesidad de acreditar ese estatus.
El Gobierno extendió el alcance de la Ley de Memoria Democrática mediante una interpretación de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
El alto tribunal ha pedido a la Oficina del Censo Electoral un detalle de los expedientes acogidos a esta presunción.
El fallo pone un freno a la posibilidad de que 2,3 millones de 'nietos' se incorporen al cuerpo electoral de forma precipitada.
La decisión fue un triunfo para Vox e Iustitia Europa, que se opusieron al criterio del Gobierno y la Fiscalía.
Conclusión: El Supremo protege con su decisión la seguridad jurídica y la confianza en el proceso electoral, que nunca deberían verse amenazadas por interpretaciones administrativas que buscan atajos a procesos establecidos por ley.